Le han timado a mi hermano

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Le han timado a mi hermano

Notapor Raul_spa_88 » 22 Jun 2012 10:20

Pues resulta que mi hermano pequeño se ha sacado el carnet de conducir hace dos meses, el muy idiota con todo el puto ansia ha comprado un citroen saxo sin decir nada a la familia, total que nos ha echo ni p*ta gracia que comprara el coche sin decirnos nada, esta mañana lo he probado y le he detectado lo siguiente: embrague gastado, las marchas rascan, correa de alternador hace ruido, y un palier del coche al girar pronunciadamente a la derecha también hace ruido, sin contar que no sabemos nada sobre el mantenimiento que ha tenido, ni como esta el estado de las pastillas, ni a los km que se le ha echo el cambio de la correa.

La cuestion es que he llamado al hombre, y el muy mal nacido se ha empezado a reír en mi p*ta cara, diciendome que no sabe nada, que el coche esta bien y que mi hermano lo ha probado y le ha gustado ( era de esperar que se hiciera el loco) la cuestion es si hay alguna posibilidad de denunciarle para que le devuela el dinero a mi hermano.

:idea: :question:
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Notapor DMI_SLC » 22 Jun 2012 14:55

Lo veo dificil.
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Notapor Iker Jiménez » 22 Jun 2012 15:21

mandale a unos negracos como aviso. ^^P
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Notapor victor861 » 22 Jun 2012 15:42

Hacedle una visita.
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Notapor Aref » 22 Jun 2012 16:39

"Creo" que por ley te debe 6 meses de garantía, y si algo no está en buenas condiciones, pues tiene que hacerse cargo
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Notapor uly » 25 Jun 2012 09:56

[quote="Aref"]"Creo" que por ley te debe 6 meses de garantía, y si algo no está en buenas condiciones, pues tiene que hacerse cargo[/quote]

asi es. aparte de que tiene que haber un contrato de compraventa particular, aunque creo que tambien vale el papel de la transferencia del coche donde figuran los datos del anterior propirtario y del nuevo por que si no recuerdo mal, tambien tenia que aparecer reflejado el dinero pagado por la compraventa del coche
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Notapor carlpo » 26 Jun 2012 14:49

Realmente no se mucho del tema pero... No nos dejes con la incognita que ha pasado? :twisted: :lol:
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Notapor Aritz » 26 Jun 2012 18:23

Aunque no creo que puedas hacer nada.... como ya han dicho, tiene que estar todo reflejado en los papeles del cambio de nombre... Por lo demás yo acabo de vender el mio.. le pase la itv con el chico que me lo compraba y tuvo la mala mala suerte de que le peto un freno al de poco tiempo y se le jodió la radio, mala suerte, no me reclamo pero el lo compro en un estado determinado y a sabiendas de lo que compraba, en el momento en el que pasa de propietario... yo no tengo por que hacer nada ni que pagar nada, que sera lo que le pasara a tu hermano... Si ya esta todo hecho, la ha liado buena... Por mucho que el otro tío sea un cabrón, la decisión fue de tu hermano, y si es mayor de edad....
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Notapor Soy Leyenda » 27 Jun 2012 14:46

Olvidate.


Tu hermano ha comprado algo porque le gustaba. Nadie le ha timado, simplemente el no ha sido listo.

Es como si yo te vendo una wii y me dices que te gusta y te la quedas. Luego tu hermano te cuenta que mejor una 360...


El que quiera garantias, que se vaya al concesionario
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Notapor uly » 27 Jun 2012 17:36

sacado de paginas de orientacion legal donde colaboran abogados:

[quote]¿Qué garantía se puede exigir o hay que dar entonces en la compra venta de un vehículo entre particulares?

La compra venta de un vehículo entre particulares se rige según el Código civil, que indica la obligación general del vendedor de entregar el vehículo sin cargas ni gravámenes y sin vicios ni defectos ocultos, teniendo el comprador un plazo para presentar una demanda judicial por estos motivos de 6 meses.

No existe obligación por parte del vendedor de entregar nada referente a este tema de garantía por escrito.

En este caso quien reclama debe probar el perjuicio.

¿Qué derechos se tendrían respecto a la compraventa de un vehículo de segunda mano entre particulares?

El comprador dispone de un plazo de 6 meses desde la compra del vehículo para presentar reclamación judicial según el código civil (art. 1490)

El vendedor estará obligado a la reparación por los defectos ocultos que tuviera el vehículo; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos. (según art. 1484)

¿Y si el vendedor no supiera de la existencia de esos vicios ocultos?

Aunque el vendedor ignorase la existencia de los mismos, deberá responder al comprador saneándolos, salvo que se haya estipulado lo contrario en contrato (art. 1485).

¿Tendría derecho a indemnización en caso de rescindir el contrato?

En los casos anteriores, el comprador podrá optar entre:

Desistir del contrato, teniendo que serle devueltos los gastos que pagó.

Rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos.

Indemnización por daños y perjuicios: además, si optará por la rescisión del contrato, el comprador tendrá derecho también a indemnización por daños y perjuicios si el vendedor conociera los vicios o defectos ocultos del vehículo y no los manifestara al comprador. (art. 1486.)


[/quote]
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Notapor Aref » 27 Jun 2012 19:34

[quote="Soy Leyenda"]Olvidate.


Tu hermano ha comprado algo porque le gustaba. Nadie le ha timado, simplemente el no ha sido listo.

Es como si yo te vendo una wii y me dices que te gusta y te la quedas. Luego tu hermano te cuenta que mejor una 360...


El que quiera garantias, que se vaya al concesionario[/quote]

Eso no funciona así. Mi anterior coche lo compré a un particular y antes de hacerlo me informé y tienen que aportar garantías
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Notapor Cracklocator » 29 Jun 2012 01:07

Ha habido contrato? Se ha cambiado el nombre del dueño del coche? Frielo a multas de no ser así.
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Notapor uly » 29 Jun 2012 20:28

[quote="Cracklocator"]Ha habido contrato? Se ha cambiado el nombre del dueño del coche? Frielo a multas de no ser así.[/quote]

aunque no haya contrato de compra-venta (en particulares no es obligatorio), si han hecho la transferencia de un dueño a otro, ya es prueba suficiente de que hay un intercambio de bienes ya que no se puede hacer por 0 euros (si es un regalo tiene que fijarse un precio simbolico cualquiera) y por lo tanto, el vendedor tiene que hacerse cargo de cualquier vicio que tuviese el coche o si lo repara el comprador, descontarle del precio de venta los gastos de reparacion
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Notapor SOLID » 29 Jun 2012 22:23

Que listo tu hermano.
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Notapor trym » 03 Jul 2012 12:47

Esta muy complicada la cosa pero yo por si acaso le denunciaría. Seguro que este pavo anda haciendo de estas con más gente.
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